1. Una vez emitido el Certificado de Usuario/Generador se podrá acceder a la exención del pago del Impuesto al Valor Agregado e Impuesto a las Ganancias por la venta de energía eléctrica inyectada en la red. Este beneficio fiscal aplica a los usuarios que contratan hasta 300 kW de potencia con el Distribuidor.
2. Asimismo el Usuario podrá tramitar un Certificado de Crédito Fiscal, el que se otorgará en forma de bono electrónico y podrá ser utilizado por Personas Inscriptas para el pago de impuestos nacionales como el Impuesto a las Ganancias, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), entre otros.
La Subsecretaría de Energías Renovables y Eficiencia Energética se encuentra trabajando en un programa de beneficios promocionales para la adquisición de equipos de generación distribuida, a través del Fondo para la Generación Distribuida de Energías Renovables (FODIS), el que será oportunamente comunicado.
La Provincia otorgará una reducción en el pago del Impuesto a los Ingresos Brutos, el Impuesto Inmobiliario y/o la eximición del Impuesto de Sellos, según corresponda. El Usuario deberá ser Ciudadano Digital Nivel 2 (CIDI 2).
Para más información consultar normativa vigente:
El Banco de Córdoba ofrece las siguientes líneas de financiamiento:
DALE ECO: para la compra de equipamiento que fomenten la eficiencia energética y la Generación Distribuida.
DALE RENOVALES: permite promover todas las tecnologías y fuentes disponibles como biomasa, biogás y mini hidráulica, además de solar y eólica para financiar exclusivamente inversiones de Generación Distribuida y cuotapartes de proyectos de Generación Distribuida Comunitaria.