SECRETARÍA DE BIOCOMBUSTIBLES Y ENERGÍAS RENOVABLES

PROGRAMA DE AUTOCONSUMO DE BIODIESEL 100% (BIOCBA)

INTRODUCCIÓN

Córdoba impulsa iniciativas para migrar hacia una nueva matriz energética, local y sostenible. Una de ellas: el Programa de Autoconsumo de Biodiesel 100% (BIOCBA), busca promover en Córdoba la autoproducción y autoconsumo de biodiesel en estado puro, sin mezclas con ningún combustible fósil, elaborado en Planta propia o de terceros, sin existir operación comercial alguna, esto es, ni compra a un fabricante de Biodiesel, ni venta a otro Usuario para su consumo.

Los Usuarios del biodiesel puro elaborado en Planta propia o de terceros, recibirán una identificación específica que acreditará su pertenencia al Programa y la posibilidad de recibir beneficios y se indicará en adelante como “Sello B100”.

Las Plantas nuevas y Plantas existentes de producción de ese biodiesel para autoconsumo, serán auditadas y deberán operar procesos: controlados (con los mínimos impactos ambientales), eficaces (óptima calidad de producto) y seguros (con las medidas de seguridad que corresponden a la actividad y a la escala de producción.

OBJETIVOS DEL PROGRAMA

Entre otros objetivos, principalmente se busca:

  • industrializar nuestras economías regionales, 
  • promover el agregado de valor a la producción agropecuaria de la provincia, 
  • fortalecer nuestras cadenas productivas, 
  • generar fuentes de empleo de arraigo, 
  • afianzar la ruralidad y el ordenamiento del territorio, 
  • colaborar en la resolución de pasivos ambientales, 
  • disminuir la emisión de gases de efecto invernadero y la huella de carbono, 
  • diversificar la matriz energética (independencia energética),
  • y beneficiar de manera directa la salud de los cordobeses por el reemplazo de combustibles fósiles.

Entre las ventajas del biodiesel frente al diésel, podemos mencionar:

  • Su fabricación necesita poca energía. 
  • Permite una reducción notable de las emisiones nocivas a la atmósfera. 
  • El contenido de azufre es muy bajo, inferior a 15 ppm, permitiendo disminuir las emisiones de SO2 (causante principal de la lluvia ácida). 
  • Es un combustible biodegradable que se disuelve fácilmente en la naturaleza sin crear contaminación del ambiente, en caso de derrame accidental. 
  • Independiza a los países agro-productores del abastecimiento de combustibles fósiles por parte de los países productores de petróleo (en términos de macroeconomía). 
  • Viabiliza el autoabastecimiento de combustible, principalmente en la zona rural (en términos de microeconomía). 
  • No son necesarias modificaciones de la infraestructura de distribución (estaciones de servicio, transporte, etc.) 
  • Permite aumentar el número de cetano, es decir, la capacidad del combustible de autoencenderse, produciendo una mejor combustión.
  • La viscosidad cinemática es mayor, mejorando la capacidad del biodiesel a lubricar el motor. Esto permite reducir los aditivos utilizados en el petróleo diesel. Mayor poder disolvente, que hace que no se produzca carbón u hollín ni se obstruyan los conductos y mantiene limpio el motor. 
  • Las características del motor son similares, es decir, el rendimiento, el par y el consumo no cambian significativamente. Los cambios para el conductor son imperceptibles. 
  • Su mayor punto de ignición disminuye el peligro de explosión durante el almacenamiento. El Biodiesel es un combustible clase IIIB y como tal no tiene mayores requerimientos de protección contra incendios que con los del petróleo diesel que es clase II. El biodiesel puro posee un punto de ignición de 148ºC frente a los 51ºC del diesel de origen fósil. 
  • Posee punto de inflamación muy alto cercano a los 130ºC y además no produce vapores explosivos, lo cual hace más seguro al momento de operar, transportar y almacenar.

DESTINATARIOS

El PROGRAMA DE AUTOCONSUMO DE BIODIESEL 100% (BIOCBA) está dirigido a todo Usuario comprendido en alguna de las siguientes operatorias:

  1. La persona humana o jurídica de la Provincia de Córdoba que produce la materia prima agropecuaria, la procesa para obtener el aceite vegetal o grasa animal y elabora Biodiesel para su autoconsumo como Usuario UB100AP.
  2. La persona humana o jurídica de la Provincia de Córdoba que desarrolle la explotación agropecuaria, entrega materia prima agropecuaria a una Planta elaboradora de aceite vegetal o grasa animal y biodiesel, y mediante “Contrato de Maquila” o de “Depósito de Maquila” regulado por Ley Nacional N° 25.113, recibe Biodiesel para su autoconsumo como Usuario UB100AP.
  3. La persona humana o jurídica de la Provincia de Córdoba que entrega materia prima agropecuaria a una Planta elaboradora de aceite vegetal o grasa animal y mediante “Contrato de Maquila” o de “Depósito de Maquila” regulado por Ley Nacional N° 25.113, recibe aceite vegetal o grasa animal, para posteriormente entregarla a una Planta elaboradora de biodiesel y, mediante “Contrato de Maquila” o de “Depósito de Maquila” regulado por Ley Nacional N° 25.113, recibe Biodiesel para su autoconsumo como Usuario UB100AP.
  4. La persona humana o jurídica de la Provincia de Córdoba que entrega insumos de Biodiesel (IB) de su propiedad a una Planta de Biodiesel y mediante “Contrato de Maquila” o de “Depósito de Maquila” regulado por Ley Nacional N° 25.113, recibe Biodiesel para su autoconsumo como Usuario UB100AP.
  5. La persona humana o jurídica de la Provincia de Córdoba, cuando es socio de una figura asociativa constituida, que tiene integradas, exclusivamente para el autoconsumo de sus socios, Plantas de elaboración de aceite vegetal o grasa animal y Biodiesel, y recibe, como socio, Biodiesel para su autoconsumo como Usuario UB100AP, habiendo entregado para su elaboración, materia prima agropecuaria o insumos de Biodiesel (IB) de su propiedad.
  6. La persona humana o jurídica, propietaria de un establecimiento que elabora insumos de Biodiesel (IB) en la Provincia de Córdoba, entrega IB a una Planta productora de Biodiesel y, mediante “Contrato de Maquila” o de “Depósito de Maquila” regulado por Ley Nacional N° 25.113, recibe Biodiesel para su autoconsumo como Usuario UB100AP.
  7. La persona humana o jurídica, propietaria de una Planta que elabora Biodiesel en la Provincia de Córdoba, adquiere IB y los procesa para obtener Biodiesel para su autoconsumo como Usuario UB100AP.

BENEFICIOS

Para los Usuarios poseedores del Sello B100: 

4.1. Beneficios especiales en puntuación y ponderación de ofertas en caso de participar en Compras Públicas o licitaciones de Obra Pública.

4.2. Beneficios impositivos provinciales para la producción y uso de biocombustibles (para el autoconsumo) en la Provincia establecidos en Ley N° 10.724 y Ley N° 10.725.

  • Producción de biocombustibles en la Provincia de Córdoba: cuenta con exención de impuesto a los ingresos brutos (5 años).
  • Vehículos que funcionen principalmente con biocombustibles en explotación de actividad primaria, industrial y servicio de transporte: favorecidos con reducción del 20% en el impuesto a la propiedad del automotor para cada anualidad (Dec. 915/2020), más una reducción adicional del 30 % (Dec. 382/2021). En resumen, estos vehículos cuentan con una reducción impositiva del 50%.
  • Actividades de producción, transporte y almacenamiento de biocombustibles: exención de impuesto de sellos (5 años).

4.3. El Usuario con Planta propia que haya obtenido el Sello B100 podrá elaborar biodiesel para otro Usuario que le provea los insumos (soja o aceite de soja), mediante un contrato de Maquila.

4.4 Financiamiento específico para la adquisición de plantas productoras de biodiesel.

FINANCIAMIENTO PARA ADQUISICIÓN DE PLANTAS

El Estado provincial, por Decreto Nº 319/2021, fija un monto de $500 millones (ejercicio 2021) para la asistencia en adquisición de Plantas productoras de biodiesel para autoconsumo.

Plantas de elaboración de biodiesel que:

  • puedan encontrarse en fase de proyecto, con ningún nivel de ejecución, en tal caso se indicarán en adelante como Plantas Nuevas; 
  • puedan contar con algún nivel de desarrollo y parte del equipamiento para la producción de biodiesel construido, pero requieren de instalaciones complementarias para operar bajo los requerimientos exigidos por el Programa para acceder al Sello B100. Se indicarán en adelante como Plantas en Desarrollo.

5.1. Ayudas económicas no reintegrables

5.1.1. Plantas fabricadas y provistas por empresas radicadas en la Provincia de Córdoba, hasta 15% del precio de compra de la Planta, con un tope de $2.625.000.

5.1.2. Plantas fabricadas y/o provistas por empresas radicadas fuera de la Provincia de Córdoba, hasta 10% del precio de compra de la Planta, con un tope de $2.500.000.

5.2. Financiamiento

5.2.1. Plazo máximo del préstamo: 48 meses, y hasta 6 meses de período de gracia para el pago de capital. Interés: 12% TNA. Sistema de amortización francés, con cuotas mensuales, trimestrales o semestrales, conforme ciclo operativo de la actividad desarrollada. 

5.2.2. Sector privado: hasta 90% del precio de compra de la Planta, deducido el monto subsidiado.

5.2.3.  Municipios, Comunas y Consorcios: hasta el 100% del precio de compra de la Planta, deducido el monto subsidiado.

5.3. Sujetos de financiamiento

5.3.1. Personas humanas y jurídicas del sector privado domiciliadas en el territorio de la Provincia de Córdoba, que desarrollen actividades económicas que justifiquen el autoconsumo de biodiesel.

5.3.2. Municipios, comunas y consorcios que cuenten con recursos disponibles afectables para el repago de la cuota del préstamo solicitado. De igual modo, podrían ser sujetos de financiamiento las Universidades, Centros de Investigación, las Organizaciones no Gubernamentales y otras organizaciones que tengan capacidad de autoconsumir biocombustible. 

5.3.3. Condiciones previas al Acuerdo de Préstamo

5.3.3.1. Análisis por parte de Bancor del cumplimiento de los Criterios de Aceptación (CDA) que servirán de referencia para indicar si es sujeto de análisis como posible beneficiario. 

CDA:

  • Score según Bureau de Crédito: 400 Pts, tanto como para la empresa solicitante como para los socios.
  • Trayectoria mínima en la actividad 3 años.
  • Sin antecedentes negativos en BCRA en los últimos 24 meses 
  • Sin cheques rechazados por falta de fondos en los últimos 24 meses (excepto si fueran durante el período de pandemia marzo-20 a dic-20 siempre que los mismos se encuentren abonados).
  • Sin embargos vigentes en AFIP. 
  • Sin antecedentes de concursos y quiebras ni demandas judiciales pendientes.

Una vez que el potencial beneficiario cumplimente los CDA referidos anteriormente, Bancor realizará el análisis de las garantías elegibles.

5.3.3.2.. Evaluación y aprobación por parte del BANCO de las garantías elegibles:

  • Verificación de la titularidad de los bienes ofrecidos en garantía.
  • Análisis técnico de la cobertura de la garantía respecto de la asistencia sugerida.

Para el desembolso efectivo del financiamiento, el beneficiario debe poseer una cuenta en el BANCO de la Provincia de Córdoba y además, será necesaria la constitución de la garantía real suficiente, que a título ejemplificativo puede ser: prenda, hipoteca o aval de SGR, con márgenes de cobertura no inferiores al ciento treinta por ciento (130%) del monto total de la asistencia crediticia.

5.4. Selección de Proyectos de inversión

Todos los postulantes a recibir asistencias del Fondo deberán efectuar la solicitud y presentación de sus proyectos en formato electrónico mediante las plataformas tecnológicas del Gobierno Provincial. Posteriormente esos proyectos serán evaluados por el “Comité de Selección de Proyectos de Inversión” integrado por representantes de los Ministerios de: Agricultura y Ganadería; Ciencia y Tecnología; Industria, Comercio y Minería; y Servicios Públicos.

Los proyectos que resulten elegibles serán notificados por el Comité, y el postulante del proyecto deberá responder a esa notificación con una Declaración Jurada en la que acepta las asistencias asignadas y sus condiciones.

Posteriormente Bancor ejecutará el desembolso del financiamiento en las condiciones que defina el Comité y se podrá dar inicio a la construcción de una nueva Planta o adecuación de una Planta en Desarrollo. Finalmente, se realizará la evaluación de la planta a través de una Auditoría para otorgar el Sello B100.

 

FECHAS CLAVE Y PROCEDIMIENTO DE PARTICIPACIÓN

6.1. Fechas clave: El Programa es de ventanilla abierta entre los meses de marzo y noviembre de cada año.

6.2. Procedimientos

Los autoconsumidores de B100 en el marco del Programa deben poseer el Sello B100 a partir de: 

  • la adquisición de biodiesel a un tercero que ya posea el Sello B100, empleando un Contrato de Maquila (entrega insumos y recibe biodiesel). En este caso será exigible el Contrato y/o los acuerdos entre partes;
  • la autoproducción mediante Planta propia (nueva o en desarrollo).

Por ello, se detallarán a continuación los procedimientos para construcción de Plantas Nuevas o en Desarrollo, bajo las condiciones del Programa. 

6.2.1. Procedimiento para Plantas Nuevas que busquen financiamiento y Sello B100

6.2.1.1. El primer paso es registrarse como interesado a través del Formulario de registro de interesados. Luego de una capacitación sobre los alcances del Programa, el interesado deberá presentar el “Proyecto de inversión” para ser evaluado. 

6.2.1.2. El “Comité de Selección de Proyectos de Inversión” evaluará el Proyecto. Se considerarán tanto los criterios técnicos de selección propios del Programa como los requisitos para determinar si el interesado es sujeto de crédito. 

6.2.1.3. El responsable del Proyecto aprobado deberá gestionar el trámite para obtener la Licencia Ambiental (los requisitos dependen de la producción anual de la Planta). Este paso podrá ocurrir paralelamente al 6.2.1.2 en caso de que el “Comité de Selección de Proyectos de Inversión”, determine como requisito el inicio del trámite en Secretaría de Ambiente.

6.2.1.4. El interesado gestiona el financiamiento en BANCOR.

6.2.1.5. Luego de acceder a la autorización ambiental y al financiamiento solicitado, el interesado procederá con la construcción y montaje de la Planta.

6.2.1.6. Cuando la Planta se encuentre en condiciones operativas, se llevará a cabo una Auditoría in situ para verificar la aptitud ambiental y de seguridad del proceso, y constatar la calidad del biodiesel según las especificaciones establecidas. 

6.2.1.7. Se otorga el Sello B100 e ingresa al Plan de seguimiento Usuarios B100 del Programa.

6.2.1.8. Frente a inconsistencias en la Auditoría se deberán establecer planes de mejoras para alcanzar las exigencias. Los Proyectos que habiendo recibido financiamiento del Programa no logren finalmente los resultados esperados, recibirán penalidades y deberán reintegrar los fondos. 

Para mayor detalle, puede consultarse el paso a paso a través del Flujograma del procedimiento completo, especificado en el punto 10.

6.2.2. Procedimiento para Plantas en Desarrollo que busquen financiamiento y Sello B100

6.2.2.1. El interesado deberá presentar el Proyecto de adecuación para ser evaluado. 

6.2.2.2. El “Comité de Selección de Proyectos de Inversión” evaluará el Proyecto de adecuación. Se considerarán tanto los criterios de selección propios del Programa para Plantas en Desarrollo, como los requisitos para determinar si el interesado es sujeto de crédito. En caso de considerarlo conveniente, el Comité de Selección de Proyectos de Inversión podrá realizar una visita de relevamiento a la Planta en Desarrollo para resolver acerca del proyecto presentado.

6.2.2.3. El interesado gestiona el financiamiento para adecuación en BANCOR. 

6.2.2.4. Luego de acceder al financiamiento solicitado, el interesado procederá con las mejoras y adecuaciones de las instalaciones que ya ejecutó con financiamiento propio. 

6.2.2.5. Al término de la ejecución de obras de adecuación, el responsable de la Planta estará en condiciones de gestionar la Auditoría Ambiental, a fin de obtener el Certificado Ambiental. 

6.2.2.6. Se auditará en Planta la aptitud ambiental y de seguridad del proceso, así como la correspondencia de las mejoras con el Proyecto de adecuaciones presentado. Si no hay ninguna observación, la Secretaría de Ambiente procederá a emitir la Resolución Ambiental y la Planta inicia la etapa de evaluación de calidad del producto.

6.2.2.7. Se realiza un seguimiento de calidad que, a través de los correspondientes ensayos, permitirá garantizar la aptitud de la Planta para producir biodiesel según las especificaciones establecidas.

6.2.2.8. Finalmente, con la Resolución Ambiental y la Certificación de Calidad, la Planta accede a su Sello B100.

6.2.2.9. Frente a inconsistencias en las Auditorías se deberán establecer nuevas adecuaciones para alcanzar las exigencias. Los Proyectos que habiendo recibido financiamiento del Programa no logren finalmente los resultados esperados, recibirán penalidades y deberán reintegrar los fondos. 

6.2.3. Procedimiento para Plantas Nuevas o en Desarrollo que busquen el Sello B100 y no necesiten financiamiento

6.2.3.1. Los responsables de los Proyectos deberán gestionar el trámite para obtener la Licencia Ambiental (los requisitos dependen de la producción anual de la Planta).

6.2.3.2. Luego de acceder a la autorización ambiental, el interesado procederá con la construcción y montaje de la Planta.

6.2.3.3. Cuando la Planta se encuentre en condiciones operativas, se llevará a cabo una Auditoría in situ para verificar la aptitud ambiental y de seguridad del proceso, y constatar la calidad del biodiesel según las especificaciones establecidas. 

6.2.3.4. Se otorga el Sello B100 e ingresa al Plan de seguimiento de calidad del Programa.

6.2.3.5. Frente a inconsistencias en la Auditoría se deberán establecer planes de mejoras para alcanzar las exigencias. 

Para mayor detalle, puede consultarse el paso a paso a través del Flujograma del procedimiento completo, especificado en el punto 10.

REQUERIMIENTOS PARA OBTENER SELLO B100: CALIDAD, SEGURIDAD Y AMBIENTE PARA PLANTAS NUEVAS O EN DESARROLLO

En términos de calidad de biodiesel, se buscará que la misma sea equiparable al nivel de calidad de biocombustible que se utiliza actualmente en el mercado interno nacional en el corte con gasoil. Sin embargo, teniendo en cuenta que se trata de producción de biodiesel con fines exclusivamente de autoconsumo, las especificaciones de la provincia de Córdoba para la calidad del biodiesel B100 contemplan una flexibilización en las exigencias de equipamiento de análisis. Es decir, solo un parámetro deberá ser obligatoriamente ensayado en Planta y el resto de los parámetros podrá ser tercerizado.

Ingrese aquí para consultar resolución correspondiente. 

Las especificaciones de calidad de biodiesel requeridas para las Plantas de producción que adhieran al Programa se presentan en el cuadro 1.

Cuadro 1:
Especificaciones de calidad de biodiesel B100 Córdoba

Parámetro Método1 Min Max Lugar2
GRUPO CALIDAD B100 CÓRDOBA
Contenido de Ester (FAME) EN 14103 96,5 % m/m   Interno/Externo
Éster de Metilo del ácido linolénico   12 % m/m Interno/Externo
Contenido de monoglicéridos EN 14105   0,8 % m/m Interno/Externo
Contenido de diglicéridos   0,2 % m/m Interno/Externo
Contenido de triglicéridos   0,2 % m/m Interno/Externo
Glicerol libre   0,02  % m/m Interno/Externo
Glicerol total   0,25 % m/m Interno/Externo
Densidad a 15 °C ASTM D 1298 860 Kg/ m3 900 Kg/ m3 Interno
Contenido de agua ASTM D 4928   0,05 % m/m Interno
Índice de acidez ASTM D 664   0,5 mg KOH/g Interno
Punto de inflamación ASTM D 93 120 °C   Interno/Externo
Contaminación total EN 12662   24 mg/kg Interno/Externo
Punto de enturbiamiento ASTM D 2500 Informar  °C* Interno/Externo
 
En caso de almacenamiento mayor a 1 mes
Cold Soak Filterability ASTM D 6751 08   Informar Interno/Externo
Contenido de agua ASTM D 4928   0,05 % m/m Interno
Índice de acidez ASTM D 664   0,5 mg KOH/g Interno

1 Deben respetarse las metodologías analíticas propuestas, o en caso de emplear otras, validarlas con el método estándar de referencia frente a la Autoridad de Aplicación o Centro de Referencia.

2 Interno/Externo significa que los ensayos pueden desarrollarse en un laboratorio interno dentro de la Planta o externo a la Planta. Cuando aclara interno, significa que debe desarrollarse en laboratorio interno a la Planta.

*Se sugiere utilizar el combustible a una temperatura por encima de este valor. Para un margen de seguridad, usar el biodiesel al menos 3°C por encima del punto de enturbiamiento, a menos que se incorporen aditivos específicos.

Se deduce, por lo tanto, que Plantas nuevas y en desarrollo deberán contar con el equipamiento analítico que requiere el parámetro indicado como de análisis interno solamente (última columna en el cuadro 1):

Densidad a 15 °C

El proceso de evaluación de calidad para cada Planta, que permita garantizar la aptitud para producir biodiesel según las especificaciones establecidas para el Programa, se detalla en la GUÍA PARA ENSAYOS DE CALIDAD (Punto 11).

La operación de las Plantas deberá desarrollarse en un marco de seguridad que incorpore todas las medidas de protección y prevención de riesgos establecidas por la normativa provincial y nacional vigente. Se considerará, según lo establecido en Ley Nac. Nº 19.587 de Higiene y Seguridad del Trabajo y su Dec. Reglamentario Nº 351/79, lo que sea de aplicación a las características y magnitud de la producción de biodiesel para autoconsumo. Asimismo, se considerarán como referencia, las condiciones de seguridad en caso de incendio establecidas en la Res. 1296/2008 de Secretaría de Energía para las Plantas de elaboración de biocombustibles.

Estos aspectos que hacen a la seguridad de las Plantas, para reducir o anular los daños que se puedan producir en las instalaciones o sobre las personas, serán parte de las inspecciones a efectuar en la auditoría final, previa a otorgar el Sello B100. En dicha instancia será requisito la presentación de:

  • un informe de evaluación de riesgos y medidas de prevención y control firmado por un profesional técnico especializado en Higiene y Seguridad;
  • un plan de mantenimiento de las instalaciones y sus correspondientes registros, también avalados por profesional idóneo.

El Comité de Selección de Proyectos de Inversión, facultado por Dec. Nº 319/2021 para implementar la normativa necesaria para el desarrollo del programa, ha emitido una serie de recomendaciones mínimas a considerar para la operación de las plantas de producción de biocombustibles para autoconsumo.

Ingrese aquí para conocer la resolución sobre Seguridad.

En línea con los objetivos que guían al Programa, se pretende que la producción de biodiesel para autoconsumo promovida tenga un desempeño ambientalmente adecuado, que minimice los impactos negativos sobre la región donde se integra. Para ello, será indispensable que la actividad se ajuste a los requerimientos que fija el marco normativo ambiental y de protección de los recursos naturales de la provincia, particularmente lo establecido en:

  • Ley 7.343: “Principios rectores para la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente”
  • Ley 10.208: “Política Ambiental de la Provincia”
  • Decreto 847/16: “Reglamentación de Estándares y Normas sobre Vertidos para la Preservación del Recurso Hídrico de la Provincia”

A fin de cumplir con dicha normativa, las Plantas de producción de biodiesel para autoconsumo en el marco del Programa deberán gestionar el trámite correspondiente para obtener su Licencia Ambiental

De acuerdo a lo establecido por la Ley Provincial N°10.208, la actividad productiva en cuestión se encuadra en el Anexo II, Punto 1, Inciso E, f) Fábricas de carbón y de otros combustibles vegetales con producción anual superior a setecientas toneladas (700 Tn). Por lo que, se hace necesario diferenciar el trámite ambiental correspondiente para obtener la Licencia, según la escala de producción de las Plantas.

Los Proyectos de Plantas de producción de biodiesel para autoconsumo destinadas a una producción mayor a las 700 Tn anuales deberán presentar un Aviso de Proyecto a la autoridad ambiental de la provincia para acceder a la Licencia; mientras que las producciones menores deberán en primera instancia, realizar la consulta que determina si el Proyecto amerita o no amerita presentar un Aviso de Proyecto.

Por otra parte, las Plantas en Desarrollo, que ya cuentan con equipamiento instalado en sitio, deberán gestionar el trámite de Auditoría Ambiental, a fin de obtener el Certificado Ambiental. 

Para mayor información, ver GUÍA DE TRÁMITES PARA OBTENER LICENCIA AMBIENTAL (Punto 8).

En la instancia final de verificación de cumplimiento de las condiciones del Programa para obtener el Sello B100, el Usuario deberá adjuntar también el registro de la capacitación de los operadores de la Planta por parte de la empresa proveedora de la tecnología. Tal capacitación deberá incluir también las instrucciones relacionadas a los ensayos obligatorios de realizar en Planta para el análisis de calidad.

Algunas otras solicitudes específicas según las características de la tecnología adoptada por la Planta, pueden surgir en la auditoría final para el otorgamiento del Sello B100.

GUÍA DE TRÁMITES PARA OBTENER LA LICENCIA AMBIENTAL

8.1. Plantas nuevas 

8.1.1. Con producción mayor a 700 Tn anuales: para obtener su Licencia Ambiental, los Proyectos de producción mayor a 700 Tn anuales de biodiesel para autoconsumo deberán iniciar el trámite presentando la documentación correspondiente a los Requisitos Mínimos de Admisibilidad en Sec. de Ambiente. El trámite se realiza vía web a través de un e-trámite y la documentación requerida incluye:

  • Resumen Ejecutivo del Proyecto, en carácter de Declaración Jurada. Deberá llenarse en forma COMPLETA. Los datos consignados deben ser VERACES: en caso de falsedad u omisión de información, se procederá a APLICAR LAS SANCIONES PREVISTAS EN LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. Se deberá subir en formato PDF en la plataforma e-trámite frente a Licencias Ambientales de la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Córdoba. El mismo se encuentra disponible en el siguiente link:

    https://secretariadeambiente.cba.gov.ar/licencia-ambiental-2/ 

  • Documentación que acredite la vinculación jurídica en legal forma respecto al domicilio real donde se desarrollará el emprendimiento, con coordenadas georreferenciadas, especificando si es propietario o locatario del inmueble/predio.
  • Documento de Aviso de Proyecto: Insumo que se utiliza: aceite vegetal, aceite vegetal usado y/o grasa animal y sus derivados; Fichas técnicas de los aditivos químicos a utilizar en el proceso; Componentes y Procesos de la Planta; Describir aquellos componentes que posean materiales a prueba de explosión; Volumen de producción y capacidad de almacenamiento; Calidad del biocombustible obtenido, especificar en qué se va a consumir; Usos del glicerol, coproducto del proceso; Vida útil del Proyecto. Referido a los tanques involucrados: Características Constructivas y dimensiones; Muros de contención dimensionados correctamente con el 1,1% del volumen almacenado; Rejilla perimetral; Carga y descarga.
  • Persona Jurídica: Inscripción en el Registro Público de Córdoba. En caso de no estar inscripta en el Registro Público de Córdoba, acompañar contrato o acta constitutiva y constancia de inscripción en el registro pertinente.
  • Si la Persona Jurídica es representada por apoderado, se deberá adjuntar copia certificada del poder.
  • Etapas del Proyecto y Cronograma de Obras.
  • Factibilidad de Localización con opinión fundada del organismo jurisdiccional competente (Municipalidad o Comuna). En casos de territorios fuera de ejidos municipales/comunales adjuntar coordenadas georreferenciadas en formato kmz. y la Secretaría de Ambiente otorgará autorización previa consideración del Proyecto por parte de la Comisión Técnica Interdisciplinaria para el Aviso de Proyecto propuesto.
  • Si el Proyecto se encontrara emplazado en la Ciudad de Córdoba, se deberá presentar la Declaración de Impacto Ambiental (D.I.A.) expedida por la Municipalidad.
  • Factibilidad de Fuente de agua o provisión de agua potable emitida por el Ente Prestatario del Servicio.
  • Factibilidad o Autorización de vertido de efluentes emitida por la Administración Provincial de Recursos Hídricos (APRHi) de la Provincia de Córdoba, o en su defecto Factibilidad o Autorización de Conexión Técnica a Red Colectora de Líquidos Cloacales emitida por Municipalidad o Comuna.
  • Certificado de No Inundabilidad del predio otorgada por el organismo jurisdiccional competente.
  • Factibilidad de servicios (energía eléctrica, recolección de residuos sólidos urbanos, conexión a la red de gas natural, etc.).
  • Especificar si genera Residuos Peligrosos; en caso afirmativo, presentar compromiso de inscripción en el Registro Provincial de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos.
  • Planos acordes al Proyecto, realizados por profesional idóneo y visados por autoridad competente. Coordenadas Georreferenciadas. Indicar: M2 destinados a la zona de operación; M2 destinados a tanques de biocombustible; y M2 destinados a instalaciones auxiliares.
  • Líneas de base. Uso histórico del predio donde se instalará la Planta B100.
  • Plan de Gestión Ambiental: Plan de Contingencias que contemple rol de incendios, explosiones, derrames, etc.; Plan de Monitoreo con laboratorios inscriptos en ROLA; y propuesta de Auditorías Ambientales del Plan de Gestión Ambiental (AA-PGA). Para el Rol de incendios tener en cuenta: Abastecimiento de agua/extintores, Evidencias de componentes antiexplosivos en caso de corresponder (bomba de aditivos químicos y bomba de biodiesel) y Programa de inspecciones periódicas de las instalaciones, Mantenimiento preventivo.
  • Cálculo del Nivel de Complejidad Ambiental (NCA), según Ley Provincial N° 10.208, Decreto Reglamentario 288/15, la Secretaría se reserva el derecho de validar el cálculo por ASECOR.
  • Monto de inversión del Proyecto certificado por CPCE (Consejo Profesional de Ciencias Económicas).
  • Tasa de inspección.

8.1.2. Con producción menor a 700 Tn anuales: los Proyectos de Plantas nuevas para producciones anuales menores a 700 Tn deberán, en primera instancia, realizar una Consulta para saber si el Proyecto está sujeto al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. La Consulta, que tiene como resultado la indicación de que: Amerita o No Amerita realizar la Evaluación de Impacto Ambiental, se realiza vía e-trámite a través de la plataforma de Ciudadano Digital. Para más información sobre el trámite de Consulta se puede acceder al siguiente enlace:

https://cidi.cba.gov.ar/portal-publico/tramite/4FF59B99-A0A2-EB11-BA35-005056A1885B 

Para la Consulta, se le solicitará presentar con carácter de Declaración Jurada, la siguiente información en relación al Proyecto:

  • Descripción de actividades (con datos suficientes para comprender la magnitud del Proyecto y sus alcances). Aclarar la Producción anual programada [tn/año], calculada como = (Vol.batch [lt]) x (N° de Batch por día) x (Días laborales en un mes) x (Meses trabajados en el año) x (Densidad [Kg/ m3] /1000000)
  • Coordenadas georreferenciadas donde se desarrollará el emprendimiento o actividad.
  • Archivo KML del polígono del predio donde se desarrollaría el Proyecto.
  • Factibilidad de localización con opinión fundada del organismo jurisdiccional competente (Uso de Suelo).
  • Documentación adicional que el proponente crea necesaria, que aporte al análisis por parte de la Secretaría de Ambiente.

Desde la Secretaría de Ambiente se evaluará la presentación del Proyecto y se le notificará al responsable, si el Proyecto amerita la conformación de un Aviso de Proyecto o deberá tramitar una Auditoría Ambiental para obtener la correspondiente Licencia.

8.2. Plantas en desarrollo: para iniciar el trámite de la Auditoría Ambiental, en primera instancia se debe realizar una presentación de cinco (5) Declaraciones Juradas con la correspondiente documentación. Las mismas se encuentran disponibles en: https://secretariadeambiente.cba.gov.ar/auditoria-ambiental/

Las Declaraciones Juradas solicitan información específica de la Planta y puede ocurrir que no sean aplicables todos los requisitos, por lo que, en ese caso, el profesional a cargo de completar las Declaraciones Juradas tiene la posibilidad de indicar que el punto No Aplica (NA). 

La información requerida por las Declaraciones Juradas se relaciona con:

  • Datos del proponente, técnico responsable, actividad (con detalles sobre su ubicación).
  • Personal involucrado, superficie total y cubierta, descripción general de la actividad, plano, materia prima, producto final, subproducto, y sustancias químicas. Estos cuatro últimos puntos en caso de aplicar se deberá completar nombre y cantidades promedio mensuales utilizadas.
  • Acta Constitutiva de la empresa que ejecuta la Planta.
  • Localización.
  • Título de propiedad, contrato de arrendamiento, locación o comodato.
  • Agua: Autorización de Fuente de Agua, Comprobante de pago de cánon / servicio de agua (el que corresponda) y consumo total mensual.
  • Energía: Comprobante de pago del servicio y consumo total mensual.
  • Gas: Consumo total mensual.
  • Aguas Residuales: Autorización de vertido / comprobante de pago del servicio de cloacas e informe descriptivo sobre los efluentes involucrados en la Planta.
  • Transformadores, indicar cantidad y presentar certificados de libre PCB.
  • Residuos: Constancia de prestación del servicio de recolección e informe descriptivo acerca de los residuos que la Planta genera.
  • Tanques de Combustible: Auditoría de seguridad de instalaciones de almacenamiento y abastecimiento de combustible.
  • Aparatos sometidos a presión: Certificado de aptitud técnica y de seguridad de tanques GLP, certificado de habilitación de aparatos sometidos a presión con fuego/vapor, habilitación de conductor de generador de vapor y reporte de inspección de aparatos sometidos a presión sin fuego/vapor.
  • Nivel de Complejidad Ambiental: Declaración Jurada del Cálculo, Visado de ASECOR y Póliza de Seguro Ambiental (en caso de corresponder).
  • Certificado Ambiental de ISO 14001.
  • Cortina Forestal / Plan de forestación.
  • Certificado de no inundabilidad / Estudio de escorrentía visado por APRHI.
  • Habilitación comercial.
  • Registro de control de plagas y vectores.
  • Manual de Autoprotección contra incendios.
  • Inscripción en el Registro Nacional de Precursores Químicos.
  • Referido a los Monitoreos, deberá brindar información acerca de los estudios que realiza (por ejemplo: emisiones, ruido, olor, suelo, agua o efluentes). Además, se solicita información específica sobre los efluentes como: tipo de efluente (cloacal, industrial o combinado), volumen diario promedio, tratamiento y destino final. Lo mismo sucede con los residuos sólidos: tipo (RSU, Peligrosos, Orgánicos, Reciclables, No Reciclables, Radiactivos, Otros), cantidad mensual, tratamiento y destino final.
  • Plan de Gestión Ambiental que contempla:
  • Plan de Protección Ambiental: El profesional deberá identificar para cada factor sensible (aire, agua, suelo, ruido y vibraciones y olor) cuáles son los posibles impactos que le podría ocasionar el funcionamiento de una Planta B100. Una vez definido el impacto, se solicita información sobre: la fuente que lo genera, qué variables se medirán para su control, Cantidad de sitios de muestreo tomados, y por último la mitigación. Este último ítem hace referencia a qué pretende realizar la empresa si se produce el mencionado impacto, cuáles acciones correctivas va a desempeñar.
  • Plan de Contingencia Ambiental: Esta planilla toma como dato los impactos definidos en el Plan de Protección Ambiental y el profesional, por medio de una matriz de Clasificación de Riesgo, deberá clasificar el impacto como significativo o no significativo según corresponda.
  • Plan de Monitoreo Ambiental: Esta planilla también toma como dato los impactos definidos en el Plan de Protección Ambiental y el profesional deberá indicar si la Planta cuenta con medidores online para cada impacto, de qué manera lo monitorea y con qué frecuencia los pretende realizar.

Una vez presentada toda la documentación y las declaraciones juradas frente a Auditorías Ambientales de la Secretaría de Ambiente, los técnicos realizan el debido análisis para dar prosecución al trámite.

Como estas Plantas ya vienen operando, 

Como las Plantas en Desarrollo ya tienen algún nivel de ejecución, en primer lugar deberán verificar su cumplimiento en cuanto a requisitos ambientales y de seguridad, con lo que obtendrán un “Certificado de aptitud ambiental” mientras avanzan en el proceso de verificación de la calidad del biocombustible, y ajuste si fuera necesario. La certificación de las especificaciones de calidad de producto será voluntario. Podrán incorporarse al proceso de verificación de calidad sólo si están interesadas en acceder al Sello B100 y los beneficios correspondientes. En caso de no obtener el Sello B100 podrán operar con su “Certificado de aptitud ambiental” exclusivamente para autoconsumir su biodiesel en flota propia, sin los beneficios del Programa.

GUÍA DE PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN Y FINANCIAMIENTO

Para acceder al Financiamiento para la instalación de Plantas nuevas o proceder a la adecuación de Plantas en desarrollo, indistintamente, se debe formular un Proyecto de Inversión. 

Los Formularios completos (1 y 2) junto a la documentación complementaria (detallada en Anexo del Formulario 1) deben ser presentados en el correspondiente e- trámite vía CIDI.

Nombre del trámite: “E-TRÁMITE PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN – PROGRAMA DE AUTOCONSUMO DE BIODIESEL 100%”.

Se detallan a continuación los puntos centrales que deben abordar los Proyectos y se indican los Criterios de Evaluación.

10.1. Contenidos de los Proyectos

10.1.1. Datos de la Organización responsable del Proyecto. Estatuto social y designación de autoridades, todo debidamente inscripto en IPJ y constancia de CUIT/CUIL.

10.1.2. Resumen de Proyecto.

10.1.3. Descripción técnica:

  • Localización.
  • Descripción de la flota o maquinaria de Autoconsumo de Biodiesel.
  • Lay Out de la Planta y descripción de equipamiento. Información del proceso. Equipos de Control de Calidad.
  • Flujo de materias primas, suministros y destino de subproductos.
  • Capacidad instalada y producción programada.
  • Cronograma de ejecución.

10.1.4. Monto total de la inversión. Ítems incluidos en el financiamiento. Monto solicitado al Gobierno Provincial, incluyendo el ANR. Otras fuentes de financiamiento.

10.1.5. Antecedentes del Proveedor de la Planta o de las adecuaciones. Indicar tipo de servicios que brinda y experiencia en fabricación de equipamiento para la producción de biocombustibles o semejantes. Indicar su red de proveedores y clientes.

10.1.6. Documentación requerida para ser sujeto de crédito (criterios de aceptación) y presentación de las garantías elegibles. Ver Punto 5.3.3.

10.2. Criterios de evaluación del Comité de Selección de Proyectos de Inversión

10.2.1. Dimensión social

  • Ubicación estratégica.
  • Generación de nuevas fuentes de empleo.
  • Cantidad de beneficiarios.

10.2.2. Dimensión económica

  • Agregado de valor en origen.
  • Impacto en el desarrollo regional.
  • Relación con economía circular y Bioeconomía.
  • Desarrollo e innovación local.
  • Capacidad instalada y escalas.
  • Sostenibilidad en el mediano y largo plazo.

10.2.3. Dimensión ambiental

  • Proximidad de materias primas.
  • Uso, reutilización y valorización de subproductos para la creación de nuevas materias primas o para la generación de energías renovables.
  • Magnitud de reducción de huella de carbono.

GUÍA PARA ENSAYOS DE CALIDAD

Tal como se detalló en el apartado de “Requerimientos de Calidad”, las Plantas para elaboración de biodiesel para autoconsumo con Sello B100 deben ajustar el proceso de producción para alcanzar los estándares referidos en el Cuadro 1, con 13 parámetros de control obligatorio, de los cuales 1 deberá ser necesariamente analizado en Planta y 12 podrán ser tercerizados. El esquema, frecuencia y cronograma de control de calidad sobre el producto final, si bien podrá indicarse de manera general de acuerdo a las escalas de producción, será analizado para cada Planta y será acordado con el Usuario de autoconsumo al momento de otorgarle el Sello B100.

Esta Guía para Ensayos, con esquemas de análisis adecuados para cada etapa de desarrollo de la Planta, tiene la finalidad de acompañar el aseguramiento de la calidad, garantizar la permanencia dentro del Programa del Usuario B100 y la protección de los vehículos y maquinarias que autoconsuman el Biodiesel. Por esto, se distinguen 2 etapas que requieren un esquema diferente de evaluación de la calidad: 

  • Etapa 1: Puesta a punto de la Planta
  • Etapa 2: Planta funcionando con Sello B100 

11.1. Etapa 1: “Puesta a punto” de la Planta 

Nota para Plantas en Desarrollo que quieran obtener el Sello B100: previo a efectuar cualquier análisis, serán visitadas por un equipo técnico del Programa para realizar un relevamiento del proceso productivo, materias primas, capacidad de producción, almacenamiento, residuos, entre otros, con la finalidad de tomar contacto con el estado actual de la Planta.

11.1.1. Para las Plantas en Desarrollo ya relevadas y para las Plantas nuevas, se lleva a cabo una analítica de parámetros esenciales para determinar el grado de conversión alcanzable en la reacción de transesterificación: contenido de ésteres en primera instancia como indicador fundamental, pudiendo complementarse con los de mono, di y triglicéridos, glicerol libre, densidad, acidez, y contenido de agua.

11.1.2. Si se comprueban resultados satisfactorios en los parámetros esenciales, se procede a la caracterización completa del producto: se suman flash point, contaminación total, punto de enturbiamiento y metilésteres del ácido linolénico, con vistas a la certificación de la calidad del biodiesel y la obtención del Sello B100.

Si se detecta baja conversión en la reacción, se propone establecer una analítica simple en las materias primas; por ejemplo en aceite de soja analizar el contenido de agua  y acidez, en metanol y metóxido de sodio evaluar el contenido de agua. Esta información permitirá elaborar un plan de acciones de mejora e indicar los puntos críticos del proceso.

11.2. Etapa 2: Planta funcionando con Sello B100

11.2.1 Controles recomendados sobre el proceso productivo

Una vez que la Planta está autorizada y con Sello B100, se considera indispensable el control durante todo el proceso. Se recomienda monitorear: 

  • Sobre las materias primas (exigiendo al proveedor la certificación de los parámetros de calidad):  
    • Aceite: acidez libre y contenido de agua. Valores sugeridos: máxima acidez 0,1% m/m y máximo contenido de agua 0,1% m/m
    • Metóxido de sodio: máximo contenido de agua sugerido 0,5% m/m
    • Metanol: máximo contenido de agua sugerido Máx 0,1% m/m
    • Otros análisis de seguimiento recomendados por el fabricante, proveedor de la Planta, o centros de referencia.
  • Sobre cada Batch de producción se sugiere controlar en el producto de reacción: 
    • Densidad. Para fortalecer la vinculación de este parámetro como indicador de resultado de reacción, se recomienda realizar previamente un estudio de correlación entre valores de densidad y contenidos de ésteres o FAME y de mono, di, triglicéridos y glicerina total. Será requisito para la Planta contar con un densímetro automático pero los estudios de correlación podrán ser llevados a cabo de manera conjunta con laboratorios externos.  
    • Contenido de agua. 
    • Acidez.
    • Otros análisis de seguimiento recomendados por el fabricante, proveedor de la Planta, o centros de referencia. 

11.2.2 Controles de calidad sobre el producto final

Cada establecimiento elaborador de biodiesel para autoconsumo que haya obtenido su Sello B100, y que por ello ha verificado la calidad del biocombustible según las especificaciones del Programa, deberá mantener un control de la calidad del biodiesel producido de acuerdo al siguiente esquema:

  1. Certificación de la calidad del producto para la obtención del Sello B100CBA, mediante análisis realizados en laboratorios reconocidos por la Autoridad de Aplicación. Estos análisis deberán cubrir la totalidad de los parámetros listados en el Cuadro 1.
  2. Realización de auditorías de proceso y calidad trimestrales o cuatrimestrales, durante el primer, o los primeros 2 años de funcionamiento del establecimiento.
  3. Una vez demostrado el sostenimiento de la calidad del producto y robustez en el proceso de producción, se adoptará a un esquema de auditorías semestrales o anuales.

En todos los casos las auditorías serán realizadas por laboratorios acreditados o que formen parte de la red provincial de laboratorios avalada por la autoridad de aplicación de la Ley provincial Nº 10.721.

Los productores de biodiesel deberán emitir declaraciones juradas asumiendo la responsabilidad por el destino, la calidad y el desempeño del biocombustible producido.

RECOMENDACIONES AMBIENTALES Y DE SEGURIDAD

La operación controlada de una Planta de producción de biocombustible para autoconsumo deberá contemplar, entre otras medidas: 

  • Identificaciones adecuadas en los tanques de almacenamiento.
  • Rejilla perimetral en el área de procesos y en zonas de carga y descarga, y disposición adecuada para el desagüe de las rejillas.
  • Manejo seguro de solventes, reactivos y productos.
  • Medidas adecuadas en los puntos de posible emisión de vapores tóxicos. Monitoreo del ambiente si corresponde.
  • Impermeabilizaciones y medidas de control para evitar derrames que puedan escurrir en el suelo.
  • Otros.

A su vez, algunas medidas preventivas que hacen a la seguridad del trabajo en la Planta, pueden incluir:

  • Instalaciones eléctricas adecuadas de acuerdo a los riesgos de cada área.
  • Selección adecuada de motores, también según el área de operación.
  • Protección adecuada en tableros eléctricos.
  • Instalaciones adecuadas, antiexplosivas si corresponde, para instrumentos, iluminación, canalizaciones, etc.
  • Instalaciones de lucha contra incendios.
  • Otros.

CONTACTO

Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos

Secretaría de Planificación Energética

Todas las consultas vinculadas a la convocatoria deberán dirigirse al correo electrónico:

mail  biocombustibles@cba.gov.ar