La creación del Registro de Infractores y el acceso público al mismo surge de la siguiente Legislación:
• Ley Nacional 26331 – Art. 27.
• Resolución de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación N° 514/09.
• Ley provincial 9814 – Art. 53 – y su Dto. Reglamentario 170/11.